PNUD
Informe sobre
Desarrollo Humano 2016 hace un llamado a revisar el régimen de derechos de
propiedad intelectual.
Hace unos días conocimos el Informe anual del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD). La Asamblea General de las Naciones Unidas ha reconocido oficialmente que el Informe sobre Desarrollo Humano es “el resultado de un ejercicio intelectual independiente” que ha llegado a convertirse en “un instrumento importante de sensibilización acerca del desarrollo humano en todo el mundo”.
En su capítulo 5 el Informe llama a aplicar normas de comercio e inversión justas. “La agenda internacional debería consistir en establecer normas para ampliar el comercio de bienes, servicios y conocimientos en favor del desarrollo humano y los Objetivos de Desarrollo Sostenible. Entre las principales reformas dirigidas a impulsar esta agenda cabe citar la conclusión de la Ronda de Doha de la Organización Mundial del Comercio, la revisión del régimen mundial de derechos de propiedad intelectual y la reforma del régimen mundial de protección de los inversores.”
Importante que el Informe haga un llamado a los países a concluir definitivamente las recomendaciones de la Ronda de Doha celebrada en Qatar en noviembre de 2001 con los objetivos particulares de procurar la plena incorporación de los países en vías de desarrollo en los beneficios de la liberación del comercio mundial así como la ampliación de esta liberalización.
Las negociaciones de la ronda de Doha debían concluir el primero de enero del 2005 con excepción de las relativas al entendimiento sobre solución de diferencias que debía de finalizar en mayo del 2003. Sin embargo luego de doce años esto no ha ocurrido ni parece que sucederá pronto vista la política proteccionista promovida por el nuevo gobierno de los Estados Unidos de América.
En materia de derechos de propiedad intelectual sobre creaciones aplicables a la cultura, la industria y el comercio la Declaración de Doha aborda tres aspectos: que el Acuerdo sobre los Aspectos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio (ADPIC) se interprete y aplique de forma que apoye a la salud pública; se negocie el establecimiento de un sistema multilateral de notificación y registro de las indicaciones geográficas de vinos y bebidas espirituosas y por último se examine la relación entre el Acuerdo sobre los ADPIC y el Convenio sobre la Diversidad Biológica en cuanto a la protección de los conocimientos tradicionales y el folclore.
En cuanto a la salud pública en fecha 23 de enero de 2017 entró en vigor una enmienda del ADPIC que tiene por objeto proporcionar a los países en desarrollo un medio jurídico para acceder a medicamentos asequibles en el marco de la normativa de la OMC.
Pero al parecer no es suficiente lo hecho hasta el presente en la materia. De ahí el llamado del Informe del PNUD para revisar el régimen mundial de derechos de propiedad intelectual en general. Estos derechos tienen carácter excepcional ante el principio general de libre acceso al conocimiento previsto en los acuerdos internacionales sobre derechos humanos. La sociedad representada por los estados confiere derechos transitorios de exclusión de terceros en el uso y comercialización de las creaciones para promover su generación en lo que se conoce como “quid pro quo” (derecho por creación).
No obstante debe guardarse un justo equilibrio entre el derecho de naturaleza privada otorgado temporalmente por los estados y el derecho de naturaleza pública de las personas de acceder y utilizar el conocimiento.
La Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) ha trabajado durante los últimos años en flexibilizar la aplicación de estos derechos en general siendo un ejemplo concreto el sistema de patentes el cual cumple funciones importantes para el desarrollo como es el suministro de información tecnológica. Suponemos que la OMPI como organismo de cooperación en la materia y ante el llamado del PNUD abrirá mas espacios para la revisión de cada uno de estos derechos y como pueden ser utilizados en mejor forma para coadyuvar al desarrollo humano.
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